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Organización ELCHE PARQUE INDUSTRIAL
La Entidad Urbanística de Conservación (E.U.C.) nace como resultado no sólo de la necesidad, sino del compromiso y la ilusión por parte de los empresarios del Parque de tener un enclave de primer nivel y mantener con ciertas garantías todas las infraestructuras y servicios que iban surgiendo y surgirían con el transcurso de los años. Para ello había que crear una organización que ayudara a que todas las empresas mantuvieran la misma filosofía y con ese ánimo nace la Entidad Urbanística.
Bajo la denominación de Entidad Urbanística de Conservación, de “Elche, Parque Industrial” se constituye como entidad urbanística colaboradora, integrada por todos los propietarios de parcelas incluidas en la actuación “Elche, Parque Industrial”. (Art.1.1)
De naturaleza administrativa, con personalidad propia y plena capacidad jurídica, desde su inscripción en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras, hecho que se produjo el 6 de Mayo de 1999, con el nº 208, en el folio 157 del Libro III del R.E.U.(Art. 1.2)
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| Constituye el objeto y fines de la Entidad (Art.3): |
- Velar por el adecuado uso de los elementos de la urbanización, garantizando y exigiendo el cumplimiento de los derechos y obligaciones que competen a los miembros de la Entidad.
- Atender a la prestación de los servicios básicos urbanísticos previstos en el planeamiento aplicable.
- Establecer y dirigir los servicios comunes de la urbanización.
- Distribuir los gastos comunes entre todos los miembros de la Entidad, de conformidad con las normas establecidas en los estatutos y con los acuerdos válidamente adoptados por los órganos rectores de la Entidad.
- Velar por el estricto cumplimiento de las ordenanzas de planeamiento aprobadas y la normativa interna de la actuación.
- Dirimir las diferencias que pudieran surgir entre sus miembros con relación al uso y disfrute de los elementos propios comunes.
- Adoptar las medidas y ejercitar, en su caso, las acciones correspondientes frente a los miembros de la Entidad, o terceras personas, para exigir el adecuado cumplimiento de las obligaciones contraídas por razón del planeamiento vigente, de la normativa interna de la actuación y de las demás normas de régimen interior que se dicten.
- Defender los intereses comunes ante cualquiera Organismos o Autoridades del Estado, de los Entes Autonómicos, de la Provincia y del Municipio, así como ante Juzgados y Tribunales de cualquier grado y jurisdicción.
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El ámbito de actuación abarca la totalidad de l área comprendida en la actuación “Elche, Parque Industrial”. El ámbito podrá extenderse a sucesivas ampliaciones, de conformidad con el Planeamiento aprobado (Art. 4).
Son miembros de la Entidad la Corporación municipal, como Administración actuante y todos los propietarios de parcelas de ELCHE, PARQUE INDUSTRIAL.
Los miembros de la Entidad constituidos en Asamblea componen el órgano superior deliberante y decisorio en los asuntos de su exclusiva competencia.
La Entidad está regida y administrada por la Junta de Gobierno, investida de las más amplias facultades para gobernar la misma, pudiendo realizar toda clase de actos de administración, gestión e incluso disposición dentro del marco establecido en la Ley y en los Estatutos. Estatutos EUC
Organigrama -----------------------
| RESPONSABLES |
MATERIA |
MARTÍN MINAYA HORTELANO
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PRESIDENTE |
FRANCISCO PALACIOS MEDRANO
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VICEPRESIDENTE
SEGURIDAD Y VIGILANCIA |
| JERÓNIMO MARTÍNEZ SÁNCHEZ |
SECRETARIO |
| JESÚS MONTES IRUELA |
TESORERO
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| JAVIER SEPULCRE COVES |
COMUNICACIÓN Y COMERCIO |
| JUAN CARLOS VALDÉS SÁINZ |
COMUNICACIÓN Y COMERCIO |
| JUAN PERAN RAMOS |
RELACIONES INSTITUCIONALES |
| TOMÁS SANCHÍZ HERNÁNDEZ |
INFRAESTRUCTURAS Y CALIDAD URBANA |
| MANUEL FERNÁNDEZ MARTÍNEZ |
INFRAESTRUCTURAS Y CALIDAD URBANA |
| EMILIO DOMENECH BROTONS |
REPRESENTANTE DEL EXCMO. CONCEJAL DE FOMENTO |
| RAQUEL ROSIQUE NAVARRO |
DIRECTORA DE GESTIÓN |
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